Enviado por: Ximena Cecilia Rojas Segura | Participación: Profesor Encargado | Fecha envío: 24-08-2024 09:48:41 |
Validado por: Elias Walter Fernández Árias | Cargo: Encargado de Docencia | Fecha validación: 30-08-2024 18:58:36 |
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Código del Curso: CB10003 | |
Tipo de curso: Obligatorio | Línea Formativa: Básica |
Créditos: 2 | Período: Segundo Semestre año 2024 |
Horas Presenciales: 36 | Horas No Presenciales: 18 |
Requisitos: (KI01001/KI01010106001),(KI01004/KI01030106002) |
# | Nombre | Función (Secciones) |
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1 | Bastián Alejandro Caillaux Lucero | Profesor Coordinador (1) |
2 | Ximena Cecilia Rojas Segura | Profesor Encargado (1) |
En este curso se integran saberes estructurales (anatomía, histología, embriología) que habilitan al estudiante en la comprensión del análisis de la estructura, organización y función del sistema nervioso central y su rol en la determinación de la conducta humana.
RA1. Identifica las principales estructuras, tractos, núcleos y centros del sistema nervioso central, y los relaciona con los distintos niveles de organización de éste.
RA2. Asocia las estructuras neuroanatómicas con las distintas vías de conectividad que conforman los principales sistemas funcionales del sistema nervioso central.
RA3. Utiliza los conocimientos adquiridos para resolver problemas y situaciones clínicas sencillas y pertinentes al nivel.
Indicadores de logros | Acciones asociadas |
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Describe la organización y relaciones anatómicas de las distintas divisiones del sistema nervioso central. Explica la organización interna de cada división del SNC, considerando ubicación de núcleos y tractos principales. Describe las conexiones principales de tálamo e hipotálamo. Explica la organización histológica y funcional básica de la neocorteza. |
Clases teóricas sincrónicas, sesiones de seminarios sincrónicas, trabajo práctico demostrativo. Apuntes, autoevaluativos Resolución de guía del curso, con ayuda de la plataforma web http://www.morfo.cl Rendición de evaluaciones |
Indicadores de logros | Acciones asociadas |
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Explica la organización de los sistemas aferentes (sensitivos y sensoriales), desde el nivel de receptor hasta la corteza cerebral, ubicando topográficamente sus componentes. Explica la organización neuroanatómica de las vías asociadas a sistemas motores somáticos, desde la corteza motora a la placa motora, y ubica topográficamente cada uno de sus componentes. Describe la organización general de los sistemas de control motor. Describe la vascularización del SNC. Relaciona e integra la conectividad y la función del SNC organizándolas en sistemas. |
Clases teóricas sincrónicas, sesiones de seminarios sincrónicas. Apuntes, autoevaluativos Resolución de la guía del curso, con ayuda de la plataforma web http://www.morfo.cl Rendición de evaluaciones |
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Parte teórica: 75% Parte práctica: 25% |
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Parte teórica: 75% Parte práctica: 25% |
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Controles individuales |
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Trabajo grupal |
Los contenidos serán ajustados para cumplir con el creditaje disponible. El trabajo grupal de seminario se desarrollará durante la segunda mitad del semestre, con instancias de retroalimentación calendarizadas, de manera de promover que se alcancen los indicadores de logro asociados a la actividad.
RE Nº111: NORMAS DE ASISTENCIA VIGENTES
PRIMERO: Las actividades curriculares de cada carrera podrán ser de asistencia libre u obligatoria. En caso de las actividades curriculares de libre asistencia, el o la estudiante no deberá justificar su inasistencia.
Para el caso de actividades curriculares cuya asistencia sea considerada como obligatoria por la Escuela respectiva, deberá ser está justificada de acuerdo al procedimiento establecido en el artículo quinto siguiente.
Asimismo, existirán actividades curriculares de carácter obligatorias “no recuperables”, las que deberán estar especificadas en el Programa del curso. En el caso que sean evaluadas y se haya justificado debidamente la inasistencia, se podrá acceder a la evaluación, sin perjuicio que la inasistencia se contabilizará para efectos de lo regulado en el artículo siguiente. En este caso la evaluación se llevará a cabo en las mismas condiciones metodológicas definidas en evaluación original.
Asimismo, debe quedar indicado expresamente cuáles actividades de asistencia obligatoria incluyen evaluaciones. Todas las evaluaciones de las actividades obligatorias deben tener una oportunidad de ser recuperadas en caso de inasistencia justificada de acuerdo al protocolo descrito en el artículo sexto siguiente.
SEGUNDO: Cada programa de curso -y según su naturaleza y condiciones de ejecución- podrá considerarmun porcentaje y número máximo permisible de inasistencias a actividades obligatorias, excluyendo actividades calificadas. Este porcentaje no debe superar el 20% del total de actividades obligatorias programadas y deben ser justificadas según el protocolo definido en artículo quinto de esta norma. Es condición indispensable para ello que exista evidencia que, mediante la asistencia a las actividades obligatorias, se alcancen el (los) logro (os) de aprendizajes comprometidos en el programa de curso. Para ello le corresponderá pronunciarse al Consejo de la Escuela que corresponda, lo cual además deberá informarse a la Secretaría de Estudios.
TERCERO: Las inasistencias a las actividades obligatorias, deben ser recuperadas según lo determine el Profesor Encargado de Curso (PEC), teniendo en consideración lo siguiente:
La duración del curso, considerando el número de créditos y número de semanas en el semestre.
La proporción de actividades programadas con exigencia de 100% de asistencia, tales como: Prácticas de Laboratorio, Clínicas, Seminarios, Evaluaciones, entre otras.
Disponibilidad de campo clínico o centro, características, tipo y cantidad de insumos, tiempo para eventuales actividades de recuperación.
La disponibilidad de horas docente para la (s) actividades requeridas.
CUARTO: Las actividades de recuperación, deberán ser fijadas y llevadas a cabo en forma previa al examen del curso. Cada estudiante tendrá derecho a presentarse al examen sólo si ha recuperado las inasistencias.
En el caso de cursos que no contemplen examen, las actividades recuperativas deben ser realizadas antes de la fecha definida semestralmente para el cierre de actas.
Todas las actividades definidas como obligatorias, deben ser recuperadas por el estudiante inasistente, de acuerdo a la disponibilidad de tiempo, docentes y campo clínico. Si por su naturaleza o cuantía no puedan ser recuperadas, deberá cursar la asignatura en su totalidad en el próximo período académico, quedando en su registro académico con el curso en calidad de Eliminado “E” o Reprobado según corresponda, y conforme lo señalado en el artículo octavo.
QUINTO: En el caso de inasistencias a actividades obligatorias, incluidas las de evaluación definidas en cada programa de curso, el estudiante debe avisar su inasistencia al PEC, dentro de las 24 horas siguientes por correo electrónico institucional. Además, debe presentar a la Escuela respectiva, a través del portal DPI Estudiantes la justificación de inasistencia por escrito con sus respectivos respaldos, a modo ejemplar: Certificado médico comprobable, Informe de SEMDA., causas de tipo social o familiar acreditadas por el Servicio de Bienestar Estudiantil; en un plazo máximo de cinco días hábiles a contar de la fecha de la inasistencia.
La Escuela o quién esta designe deberá resolver la solicitud, informando a el o la PEC a la brevedad posible a fin de reprogramar la actividad si correspondiese. Si el estudiante usa documentación adulterada o falsa para justificar sus inasistencias, deberá ser sometido a los procesos y sanciones establecidos en el Reglamento de Jurisdicción Disciplinaria.
SEXTO: Si el o la estudiante realiza la justificación de la inasistencia de acuerdo a los mecanismos y plazos estipulados, la actividad de evaluación debe ser recuperada de acuerdo a lo establecido en el programa, resguardando las condiciones equivalentes a las definidas para la evaluación originalmente programadas. Si una inasistencia justificada es posteriormente recuperada íntegramente de acuerdo a los criterios del artículo tercero anterior, dicha inasistencia desaparece para efectos del cómputo del porcentaje de inasistencia. Cualquier inasistencia a actividades obligatorias que superen el porcentaje establecido en programa que no sea justificada implica reprobación del curso
SEPTIMO: Como parte de protocolos de seguimiento y alerta temprana estudiantil, si uno una estudiante se aproxima o sobrepasa el número máximo de inasistencias, el Profesor Encargado de Curso debe presentar el caso al Coordinador de Nivel, quien verificará si las inasistencias se producen en otros cursos del nivel o niveles respectivo. A su vez, lo deberá presentar al Consejo de Escuela, instancia que, basada en los antecedentes, propondrá la forma de enfrentar la situación en consulta a Secretaría de Estudios.
OCTAVO: Si un o una estudiante sobrepasa el máximo de inasistencias permitido y, analizados los antecedentes por su PEC, y/o el Consejo de Escuela, se considera que las inasistencias están debidamente fundadas (Ej. Certificado médico comprobable, Informe de SEMDA, causas de tipo social o familiar acreditadas por el Servicio de Bienestar Estudiantil), el o la estudiante no reprobará el curso, quedando en el registro académico en estado de Eliminado(a) del curso (“E”) y reflejado en el Acta de Calificación Final del curso. Esto implicará que él o la estudiante deberá cursar la asignatura o actividad académica en un semestre próximo, en su totalidad, en la primera oportunidad que la Escuela le indique. La y el estudiante deberá ser notificado de ello mediante un oficio de la Escuela respectiva con copia ala Secretaría de Estudios a modo de registro.
NOVENO: Si el o la estudiante sobrepasa el máximo de inasistencias permitido, y no aporta fundamentosy causa que justifiquen el volumen de inasistencias, el o la estudiante reprobará el curso. En este caso el o la estudiante perderá el derecho a rendir el Examen debiendo registrarse con nota mínima (1.00) en esta instancia. Quedando en el registro académico en estado de “Reprobado” y en el Acta de Calificación Final del curso con nota final 1.00.
En casos que los cursos que no tienen examen final o que son 100% prácticos se debe crear una calificación de asistencia que condicione la aprobación de este criterio en la fórmula de nota final. Dichos cursos deben ser informados en la programación curricular de cada semestre y reflejado en el programa de curso previo al inicio del periodo académico respectivo.
DÉCIMO: Si el o la estudiante, habiendo justificado sus inasistencias adecuadamente, no puede dar término a las actividades finales de un curso inscrito, y analizados los antecedentes el Consejo de Escuela, el PEC podrá dejar pendiente el envío de Acta de Calificación Final, por un periodo máximo de 20 días hábiles a contar de la fecha de cierre de semestre establecida en el calendario académico de la Facultad, conforme lo dispuesto en el artículo 20 del D.U. Nº0023842 del 04 de julio de 2013, aprobatorio del texto refundido del Reglamento General de los Planes de Formación Conducentes a las Licenciaturas y Títulos Profesionales otorgados por la Facultad de Medicina. Siempre que la actividad o actividades pendientes sean recuperables en este plazo, de lo contrario, se aplicará lo dispuesto en el artículo octavo anterior, debiendo eliminarse el curso. La Dirección de Escuela debe estar en conocimiento de ello y se deberá informar oportunamente a la Secretaría de Estudios.
DÉCIMO PRIMERO: En caso que el o la estudiante justifique las inasistencias por causas de índole social, tales como: situaciones personales, laborales, conectividad entre otras; estas se acogerán en la medida que se ajusten al procedimiento que se acordará en conjunto entre la Dirección de Pregrado, Secretaría de Estudios y Dirección de Asuntos Estudiantiles.
Para el caso de que la inasistencia se produjera por fallecimiento de un familiar directo: padres, hermanos, hijos, cónyuge o conviviente civil, entre otros; los estudiantes tendrán derecho a 5 días hábiles de inasistencia justificada, y podrá acceder a instancias de recuperación de actividades que corresponda. Si las actividades académicas fueran irrecuperables, se aplicará el proceso descrito en el artículo octavo anterior. Para estos efectos la Secretaría de Estudios informará, oportunamente, a la Escuela respecto de aquellos estudiantes que se encuentren en esa situación, para que ésta adopte las medidas que sean pertinentes.
DÉCIMO SEGUNDO: Cualquier situación no contemplada en esta Norma de Regulación de la Asistencia, debe ser evaluada en los Consejos de Escuela considerando las disposiciones de reglamentación universitaria vigente. De lo resuelto en dicha instancia, se notificará al estudiante en cuestión por la Dirección de la Escuela respectiva.
DÉCIMO TERCERO Será responsabilidad de cada Dirección de Escuela, poner en conocimiento de sus Coordinaciones de Nivel, PEC, docentes y estudiantes la presente normativa, la que deberá ser claramente citada en los programas de curso y comentada en la sesión inaugural, y mantenerse disponible en las pagina web de la Facultad de Medicina y en cada Dirección de Escuela. De igual forma, tanto en los programas de curso como en la sesión inaugural, deben explicitarse las actividades definidas como obligatorias, consideradas indispensables para lograr el aprendizaje comprometido y que deben cumplir con el 100% de asistencia.
Las normas que se aprueban precedentemente se aplicarán sin perjuicio de las disposiciones de políticas y reglamentos de la Universidad, así como de las normas reglamentarias nacionales y de las leyes, en cuanto sean aplicables a los casos correspondientes y digan relación con la asistencia a actividades académicas y sus excepciones.
Las evaluaciones correspondientes a actividades obligatorias se podrán rendir en una fecha calendarizada de recuperación de evaluaciones.
La presentación final del trabajo grupal será recuperada mediante una prueba oral.
Se reprueba automáticamente en caso que el promedio de ambos certámenes sea igual o menor a 3,5 (tres coma cinco).
La calificación de cada certamen y el promedio de controles debe ser igual o superior a 4.00