Enviado por: Janet Andrea González Muller | Participación: Profesor Encargado | Fecha envío: 26-07-2024 15:52:02 |
Validado por: Pablo Francisco Gálvez Ortega | Cargo: Director de Escuela | Fecha validación: 29-07-2024 14:46:13 |
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Código del Curso: OB04020 | |
Tipo de curso: Obligatorio | Línea Formativa: Especializada |
Créditos: 3 | Período: Segundo Semestre año 2024 |
Horas Presenciales: 54 | Horas No Presenciales: 27 |
Requisitos: OB03015,OB03016,OB03018 |
# | Nombre | Función (Secciones) |
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1 | Francisca Jose Merino Alfaro | Profesor Coordinador (1) |
2 | Janet Andrea González Muller | Profesor Encargado (1) |
Las actividades como evaluaciones o talleres de análisis de casos pueden sufrir modificaciones de online a presencial o viceversa, dependiendo de la condición de la pandemia y los permisos otorgados por la autoridad sanitaria, universidad y/o facultad de medicina.
Indicadores de logros | Acciones asociadas |
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• Comprende el efecto de las alteraciones del proceso de gestación en el desarrollo fetal y neonatal. |
Clase expositiva: exposición de contenidos verbalmente, de forma presencial y/o video capsula. • Introducción a la asistencia del recién nacido de alto riesgo Aula invertida: el estudiante debe revisar obligatoriamente material como ver videos, lectura obligatoria, investigar material complementario, buscando evidencia científica acerca de los contenidos del curso. Posteriormente, en clase y/o talleres integradores se resuelven dudas y realizan actividades de aplicación. • Alteraciones y cuidados de la piel del recién nacido Taller Grupal formativo: consiste en aplicar el contenido para un aprendizaje concreto, a través del desarrollo de un caso clínico Taller de caso clínico integrativo: En estas actividades los y las estudiantes deberán aplicar los contenidos previos. Deberán resolver un caso clínico y realizar presentación a través de una plenaria. Aprendizaje Autónomo: el estudiante realiza búsqueda individual de la información y /o realización individual de aplicación del contenido. |
Indicadores de logros | Acciones asociadas |
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• Analiza la fisiopatología de las patologías menores en el recién nacido de riesgo y/o hospitalizados en cuidados básicos e intermedios. |
Clase expositiva: exposición de contenidos verbalmente, de forma presencial y/o video capsula. |
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Aplicación rubrica Informe escrito |
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Test escrito previo taller integrativo Pauta evaluación de pares |
Examen reprobatorio |
1. Se incorporan contenidos nuevos Puericultura del Recién Nacido: Cuidados con Enfoque de Riesgo y Signos de Alarma, Alergia a la Proteína de Leche de Vaca en Recién Nacidos: Estrategias de Alimentación y Cuidados.
2. Se refuerzan metodologías como Aula invertida, Escritura colaborativa, Autoaprendizaje.
Según lo dispuesto en la reglamentación de la Facultad, este curso tiene actividades obligatorias:
• Taller integrativo 1 y 2, con evaluación test y coevaluación por pares
Las actividades de taller aula invertida, tienen asistencia libre.
La asistencia a la actividad integradora se rige por la Norma Operativa sobre Inasistencias a Actividades Curriculares Obligatorias. Si el/la estudiante no asiste a actividad debe justificar, informando a PEC y coordinadora vía correo electrónico en un plazo no mayor a 24 horas y 5
días hábiles desde la fecha de inasistencia (sin incluirla) para informar a través de plataforma DPI al
sitio web: https://dpi.med.uchile.cl/estudiantes/, buscar el módulo justificación de inasistencias y
adjuntar documento de respaldo.
Las inasistencias a actividades definidas como obligatorias no podrán sobrepasar el 20%, las
evaluaciones programadas solo podrán ser recuperadas según acuerdo de disponibilidad docente
siempre y cuando el/la estudiante justifica adecuadamente según reglamento.
Estas condiciones son basadas de acuerdo al reglamento local de inasistencia de Escuela de Obstetricia y acorde al Reglamento general de los planes de formación conducentes a las licenciaturas y títulos profesionales.
Las modalidades de recuperación de actividades obligatorias y de evaluación:
Las actividades que se podrán recuperar por inasistencias, debidamente justificadas, son: recuperación
Taller Integrativo 1 y 2 que están consideradas como actividades obligatorias, no obstante no se recupera la actividad taller posteriormente. Solamente la evaluación asociada a este podrá ser recuperada, en periodo de remediales de actividades.
El estudiante que sobrepase el máximo de inasistencias permitido, figurará como “Pendiente” en el Acta de Calificación Final de la asignatura, siempre que a juicio del PEC, o el Consejo de Nivel o el Consejo de Escuela, las inasistencias con el debido fundamento, tengan causa justificada (Ej, certificado médico comprobable, informe de SEMDA, causas de tipo social o familiar acreditadas por el Servicio de Bienestar Estudiantil.
El estudiante que sobrepase el máximo de inasistencias permitido, y no aportó elementos de juicio razonables y suficientes que justificaran el volumen de inasistencias, figurará como “Reprobado” en el Acta de Calificación Final de la Asignatura con nota final 3.4.
Evaluaciones
La inasistencia a una evaluación deberá ser comunicada por la vía más expedita (electrónica) en un plazo máximo de 24 horas a PEC y coordinador, posterior a la fecha de la actividad programada.
La justificación de las inasistencias deberá ser presentada en plataforma de justificaciones (https://dpi.med.uchile.cl/estudiantes/) dentro del plazo de 5 días hábiles, contados desde la fecha de la inasistencia, certificada por los Servicios autorizados de la Facultad: Servicio Médico y Dental de los Alumnos; Servicio de Bienestar Estudiantil y Dirección de la Escuela.
Si la justificación se realiza en los plazos estipulados y su PEC acoge la justificación, la actividad deberá ser recuperada mediante rendición de le evaluación pendiente.
Si no se realiza esta justificación en los plazos estipulados, el o la estudiante debe ser calificado con la nota mínima (1,0) en esa actividad de evaluación.
Reglamento General de Estudios de las Carreras de la Facultad de Medicina, D.E. Nº 0010109 de 27 agosto de 1997.
Resolución N°1466 “Norma operativa sobre inasistencia a actividades curriculares obligatorias para los estudiantes de pregrado de las Carreras de la Facultad de Medicina. 16 de octubre de 2008.
REQUISITOS DE ASISTENCIA ADICIONALES A LO INDICADO EN REGLAMENTACIÓN UNIVERSITARIA
Número de actividades obligatorias que no son evaluaciones: 3 talleres
Porcentaje o número máximo permisible de inasistencias a actividades obligatorias, factibles de recuperar, sin necesidad de justificación: 0 sesiones
Porcentaje o número máximo permisible de inasistencias a actividades obligatorias, factibles de recuperar, sujetas a justificación: 2 talleres
REQUISITOS DE APROBACION
Artículo 24: El rendimiento académico de los(las) estudiantes será calificado en la escala de notas de 1,0 a 7. La nota mínima de aprobación de cada una de las actividades curriculares para todos los efectos será 4,0, con aproximación. Las calificaciones parciales, las de presentación a actividad final y la nota de actividad final se colocarán con centésima (2 decimales). La nota final de la actividad curricular se colocará con un decimal para las notas aprobatorias, en cuyo caso el 0,05 o mayor se aproximará al dígito superior y el menor a 0,05 al dígito inferior(*).
Artículo 25: El alumno(a) que falte sin la debida justificación a cualquier actividad evaluada, será calificado automáticamente con la nota mínima de la escala (1,0).
Artículo 26: La calificación de la actividad curricular se hará sobre la base de los logros que evidencie el(la) estudiante en las competencias establecidas en ellos. La calificación final de los diversos cursos y actividades curriculares se obtendrá a partir de la ponderación de las calificaciones de cada unidad de aprendizaje y de la actividad final del curso si la hubiera. La nota de aprobación mínima es de 4,0 y cada programa de curso deberá explicitar los requisitos y condiciones de aprobación previa aceptación del Consejo de Escuela.
Artículo 27: Los profesores o profesoras responsables de evaluar actividades parciales dentro de un curso deberán entregar los resultados a los(as) estudiantes y al(la) Profesor(a) Encargado(a) en un plazo que no exceda los 15 días hábiles después de la evaluación y antes de la siguiente evaluación. En aquellos cursos que contemplan Examen Final, la nota de presentación a éste deberá estar publicada como mínimo 3 días hábiles antes del examen y efectuarlo será responsabilidad del(la) Profesor(a) Encargado(a) del Curso.
Artículo 28: Al finalizar el curso, o unidad de aprendizaje podrán existir hasta dos instancias para evaluar los logros de aprendizaje esperados en el(la) estudiante, debiendo completarse el proceso de calificación en un plazo no superior a 15 días continuos desde la fecha de rendición del examen de primera oportunidad.
Artículo 29: Aquellos cursos que contemplan una actividad de evaluación final, el programa deberá establecer claramente las condiciones de presentación a esta.
1. Será de carácter obligatoria.
2. Si la nota es igual o mayor a 4.0 el estudiante tendrá derecho a dos oportunidades de evaluación final.
3. Si la nota de presentación a evaluación final está entre 3.50 y 3.94 (ambas incluidas), el estudiante sólo tendrá una oportunidad de evaluación final.
4. Si la nota de presentación es igual o inferior a 3.49, el estudiante pierde el derecho a evaluación final, reprobando el curso. En este caso la calificación final del curso será igual a la nota de presentación.
5. Para eximirse de la evaluación final, la nota de presentación no debe ser inferior a 5,0 y debe estar especificado en el programa cuando exista la eximición del curso.
Requisitos de aprobación.
(*) la vía oficial para el ingreso de notas es u-cursos, deben ser ingresas con dos decimales. sólo la nota del acta de curso es con aproximación y con decimal, siendo realizado esto automáticamente por el sistema
Reglamento general de los planes de formación conducentes a las Licenciaturas y títulos profesionales otorgados por la Facultad de Medicina, Decreto Exento Nº 23842 del 04 de julio de 2013.
ACTIVIDADES OBLIGATORIAS:
Todos los cursos deben explicitar en su programa, y en la sesión inaugural, las actividades que son obligatorias y que requieren un porcentaje de asistencia sin ser evaluaciones; si estas son recuperables o no y los respectivos mecanismos de recuperación. Esta acción es de responsabilidad del PEC o Coordinador de Curso y debe ser de carácter presencial.
La cantidad de actividades obligatorias que no son evaluaciones debe representar un mínimo del programa y debe estar debidamente justificadas en su pertinencia para la formación. Asimismo, el porcentaje máximo de inasistencias debe estar claramente definido en el programa y responder a criterios de flexibilidad y posibilidades de recuperación.
Frente a inasistencias a estas actividades, se deberán seguir los siguientes pasos: NORMAS PARA ACTIVIDADES OBLIGATORIAS QUE NO SON EVALUACIONES
1. Si bien bajo el reglamento vigente, no es obligación el presentar una justificación a actividades obligatorias que no son evaluadas, se recomienda que presenten una justificación fundada, ya sea por causas de salud o psicosociales.
2. Las inasistencias debidamente justificadas a estas actividades podrán recuperarse de acuerdo con lo indicado en el programa de curso y la factibilidad para ello (Ej.: restricción de cupos y fechas en campo clínico).
3. La inasistencia a una actividad obligatoria no evaluada deberá ser comunicada, vía solicitud al sistema en línea de justificación de inasistencias provisto para los y las estudiantes en el Portal de Estudiantes e informada directamente a la coordinación de nivel por la vía disponible para cada estudiante.
4. Si un estudiante se aproxima o sobrepasa el número máximo de inasistencias, el Profesor Encargado de Curso debe presentar el caso al Coordinador de Nivel, quien verificará si las inasistencias se producen en otros cursos del nivel respectivo.
5. No obstante, lo descrito en el punto 1, el estudiante que sobrepase el máximo de inasistencias permitido debe presentar elementos que justifiquen las inasistencias (Ej, certificado médico comprobable, informe de SEMDA, causas de tipo social o familiar acreditadas por el Servicio de Bienestar Estudiantil), siendo facultad del PEC, Consejo de Nivel o Consejo de Escuela, determinar si es aceptada o no.
6. El estudiante que sobrepase el máximo de inasistencias permitido, y no aportó elementos de juicio razonables y suficientes que justificaran el volumen de inasistencias, figurará como “Reprobado” en el Acta de Calificación Final de la Asignatura con nota final 3.4.
NORMAS PARA ACTIVIDADES OBLIGATORIAS DE EVALUACIÓN
1. La justificación de inasistencias a evaluaciones debe presentar una justificación fundada, ya sea por causas de salud o psicosociales.
2. La justificación de cada inasistencia a una evaluación deberá ser comunicada vía solicitud al sistema en línea de justificación de inasistencias, provisto para los y las estudiantes en el Portal de Estudiantes, en un plazo máximo de 5 días e informada directamente a la coordinación de nivel por la vía disponible para cada estudiante, presentando elementos que justifiquen las inasistencias (Ej.: certificado médico comprobable, informe de SEMDA, causas de tipo social o familiar acreditadas por el Servicio de Bienestar Estudiantil).
3. Las inasistencias debidamente justificadas a estas actividades deberán recuperarse de acuerdo con lo indicado en el programa de curso.
4. Si la justificación se realiza en los plazos estipulados y el PEC acoge la justificación, la actividad deberá ser recuperada según la forma y plazos informados en el programa.
5. Si no se realiza esta justificación en los plazos estipulados, el estudiante debe ser calificado con la nota mínima (1,00) en esa actividad de evaluación.
Si un estudiante con fundamento excepcional y debidamente comprobado no puede dar término a las actividades finales de un curso inscrito, su situación debe ser analizada por el Consejo de Nivel y/o Consejo de Escuela, el PEC y en caso de ser aceptado, se debe dejar pendiente el envío de Acta de Calificación Final por un periodo máximo de 20 días hábiles, a contar de la fecha de cierre de semestre establecida en el calendario académico de la Facultad. Transcurrido este periodo, es responsabilidad del PEC enviar el Acta de Calificación Final (Art. 20 D.E. N°23842/2013). La Dirección de Escuela debe estar en conocimiento e informar oportunamente a Secretaría de Estudios de esta situación. Cabe destacar que la postergación del envió del acta de esta situación en particular, no condiciona el envío del acta del resto del curso, las cuales deben ser enviadas en los plazos regulares y establecidos según calendario académico del año en curso.
*Estas normativas están en establecidas en base a la Norma Operativa de Asistencia a Actividades Curriculares Obligatorias – Carreras de Pregrado N° 1466, aprobada el 16 de octubre del 2008 y el vigente actualmente. Sin desmedro de esto, se está revisando esta normativa y será actualizada en el transcurso del segundo semestre con carácter retroactiva, lo que actualizará automáticamente lo descrito en este acápite.
DISPOSICIONES FINALES:
1. Cualquier situación no contemplada en esta normativa, debe ser evaluada en Consejos de Escuelas respectivos. Lo anterior, teniendo en consideración las disposiciones de reglamentación universitaria vigente.
2. Es responsabilidad de las Direcciones de Escuela, poner en conocimiento de los Coordinadores de Nivel, Profesores Encargados de Curso (PEC), académicos y estudiantes la presente normativa.
3. Las fechas destinadas a actividades de recuperación, deben ser previas al examen final del curso. El estudiante tendrá derecho a presentarse al examen final sólo con sus inasistencias recuperadas.
4. En el caso de cursos que no contemplen examen final, las actividades recuperativas deben ser realizadas antes de la fecha definida semestralmente para el cierre de actas.
5. En caso de inasistencia a cualquier actividad obligatoria, se sugiere que, adicionalmente, el estudiante comunique su inasistencia por la vía más expedita (correo, teléfono, delegada de curso, coordinación de nivel, etc.) a su PEC. Esto puede complementar el ingreso de justificación a la plataforma, favorece la comunicación directa según exista la necesidad de aportar mayores antecedentes para resolver el caso o planificar acciones de acompañamiento futuro.
Test para talleres o certamen en sesión remedial, según corresponda.