Enviado por: Marcela Agustina Araya Bannout | Participación: Profesor Encargado | Fecha envío: 28-08-2024 21:25:24 |
Validado por: Pablo Francisco Gálvez Ortega | Cargo: Director de Escuela | Fecha validación: 29-08-2024 09:49:16 |
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Código del Curso: OB04027 | |
Tipo de curso: Obligatorio | Línea Formativa: Especializada |
Créditos: 3 | Período: Segundo Semestre año 2024 |
Horas Presenciales: 54 | Horas No Presenciales: 27 |
Requisitos: OB01003 |
# | Nombre | Función (Secciones) |
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1 | Loreto Paola Villanueva Pabon | Profesor Coordinador (1) |
2 | Marcela Agustina Araya Bannout | Profesor Encargado (1) |
Las metodologías, calendarios y evaluaciones pueden sufrir modificaciones en el transcurso del semestre por eventos inesperados como paros, cortes de luz, fenómenos de la naturaleza (terremotos, tormentas, etc). En la eventualidad que sucedan, los cambios que sea neceario implementar deberán ser validados por la Dirección de Escuela y se informarán de manera oportuna a sus participantes, a través de los canales formales institucionales.
RA1. Describir y aplicar los principios fundamentales de la epidemiología para entender la distribución y determinantes de la salud y enfermedad en las poblaciones que atiende un profesional matrona/matrón.
RA2. interpretar indicadores de salud para proponer estrategias de intervención en los distintos niveles de prevención de acuerdo a la transicion epidemiológica, demográfica, obstétrica y nutricional de una población en el contexto del Cambio Global, para mejorar los servicios de salud materna y neonatal.
RA3. Analizar el marco normativo de vigilancia epidemiológica del país y el rol de la matrona/matrón en la gestión de los registros de condiciones de salud que le competen.
Indicadores de logros | Acciones asociadas | ||
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1. Conocer las diferentes fuentes de información con indicadores demográficos (Estadísticas vitales, encuestas, censo, otros registros) para la comprensión de los problemas de salud pública. |
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Indicadores de logros | Acciones asociadas | |||
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Unidad II |
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7 controles |
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Unidad I |
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Incluye coevaluación que corresponde al 15% de la nota del trabajo gupal. |
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incluye coevaluación entre pares que corresponde al 15% de la nota del trabajo |
Exámen reprobatorio. |
Oportunidad de mejoras:
1. Se realizarán retroalimentaciones de evaluaciones una vez realizado.
2. Se subirán las rúbricas de los trabajos grupales con antelación
3. se subirán los temarios de las pruebas con antelación.
4. Se mantendrán los foros para comunicación expedita entre estudiantes y docentes.
Las sesiones que incluyen talleres, tutorías, seminarios y evaluaciones son de asistencia obligatoria.
En base a el reglamento general de los planes de formación conducentes a las licenciaturas y títulos profesionales otorgados por la Facultad de Medicina (Decreto exento N°0023842, del 04 de julio de 2013) y la Norma Operativa sobre Inasistencia a Actividades Curriculares Obligatorias Carreras de Pregrado, se determinan las siguientes adecuaciones locales para inasistencias a cursos de la carrera de Obstetricia y Puericultura:
1. La asistencia a práctica clínica tiene carácter obligatorio y es de un 100%
2. Son consideradas actividades obligatorias, presentaciones con fines de evaluación, discusiones y talleres.
3. Cuando se produzca la inasistencia a una actividad obligatoria (incluida las de evaluación), el estudiante debe informar su inasistencia al PEC, dentro de las 24 horas siguientes por correo electrónico institucional o la vía más expedita que pueda respaldar.
Email al PEC (marbannout@uchile.cl) con copia al email de la coordinadora del curso (loreto.villanueva@uchile.cl)
Además, debe presentar a la Escuela, a través del sistema habilitado (https://dpi.med.uchile.cl/estudiantes/) la justificación de inasistencia con sus respaldos respectivos, (Ej. Certificado médico comprobable, informe de SEMDA, causas de tipo social o familiar acreditadas por el servicio de bienestar estudiantil) en un plazo máximo de cinco días hábiles a contar de la fecha de la inasistencia.
La Escuela o quien ésta designe resuelve la solicitud, notificándose a PEC de los casos que son aprobados para reprogramar actividad si corresponde. El uso de documentación adulterada o falsa para justificar inasistencias implicará la aplicación del Reglamento de Jurisdicción Disciplinaria en casos que se compruebe esta situación.
4. Si la justificación se realiza de acuerdo a los mecanismos y plazos estipulados, la actividad de evaluación debe ser recuperada de acuerdo a lo establecido en programa, resguardando as condiciones equivalentes a las definidas para la evaluación originalmente programadas.
5. Si un estudiante habiendo debidamente justificado sus inasistencias, no puede dar término a las actividades finales de un curso inscrito, analizados los antecedentes, por la Dirección de Escuela y/o el Consejo de Escuela, el PEC puede dejar pendiente el envío de Acta de Calificación Final, por un periodo máximo de 20 días hábiles a contar de la fecha de cierre
de semestre establecida en el calendario académico de la Facultad (Art. 20 D.E. N°23842/2013), siempre que la o las actividades pendientes sean recuperables en este plazo de lo contrario aplica lo señalado en el punto N° 9, debiendo eliminarse el curso. La Dirección de Escuela debe estar en conocimiento e informar oportunamente a Secretaría de Estudios.
6. La no justificación apropiada o el envío de justificaciones fuera del plazo establecido en este documento, se considera como inadecuado y por lo tanto se debe calificar la actividad con nota mínima (1.0).
7. Se podrán recibir justificativos de índole social (situaciones familiares, personales, laborales, conectividad, entre otros) de acuerdo al procedimiento definido entre la Dirección de Pregrado, Secretaría de Estudios y Bienestar Estudiantil, que permita recibir y acreditar situaciones sociales como causales de inasistencia justificada a evaluaciones y actividades obligatorias. En caso de inasistencias por fallecimiento de un familiar cercano (madre, padre, hermano, hijo(a), esposo(a)) cada estudiante tendrá derecho a cinco días de inasistencia justificada, y podrá acceder a fechas recuperativas extraordinarias. En caso de que sean actividades irrecuperables, se deben considerar las medidas definidas en articulo N° 9 de la Norma de Regulación de la Asistencia a Actividades Curriculares Obligatorias de Pregrado.
Recuperación de actividades de evaluación: Aquel estudiante que justifique adecuadamente, podrá recuperar la evaluación en la sesión de remedial.
Para actividades obligatorias no evaluadas deben presentar justificación a través de la plataforma. Sin embargo, no se recuperará la actividad. De no justificar, el estudiante no podrá eximirse del exámen del curso.
De acuerdo a la “Norma Operativa sobre Inasistencia a Actividades Curriculares Obligatorias Carreras de Pregrado"
5) Las fechas destinadas a actividades de recuperación, deben ser previas al examen final del curso. El estudiante tendrá derecho a presentarse al examen final o aprobar sólo con sus inasistencias recuperadas. En el caso de cursos que no contemplen examen, las actividades recuperativas deben ser realizadas en forma previa a la fecha definida semestralmente para el cierre de actas. Si la programación de actividades recuperativas presenta dificultades que generen un retraso en el cierre de acta, se debe proceder según el punto N°9 de la presente norma, es decir se elimina el curso.
Art. 24o El rendimiento académico de los estudiantes será calificado en la escala de notas de 1,0 a 7. La nota mínima de aprobación de cada una de las actividades curriculares para todos los efectos será 4,0 con aproximación.
Las calificaciones parciales, las de presentación a actividad final y la nota de actividad final se colocarán con centésima. La nota final de la actividad curricular se colocará con un decimal para las notas aprobatorias, en cuyo caso el 0,05 o mayor se aproximará al dígito superior y el menor a 0,05 al dígito inferior.
Art. 26o La calificación de la actividad curricular se hará sobre la base de los logros que evidencie el estudiante en las competencias establecidas en ellos.
La calificación final de los diversos cursos y actividades curriculares se obtendrá a partir de la ponderación de las calificaciones de cada unidad de aprendizaje y de la actividad final del curso si la hubiera. La nota de aprobación mínima es de 4,0.
Reglamento general de planes de formación conducentes a licenciaturas y títulos profesionales otorgados por la Facultad de Medicina, D.U. 003625, de 27 de enero del 2009. Modificación Decreto Exento No 0023841 04 de Julio 2013.
El examen es reprobatorio para quienes corresponda darlo.
Rendición de Examen ¿Quién rinde examen?*
En este curso rinden examen todas y todos las/os estudiantes con promedio de notas inferiores a 5,3. La nota de presentación a examen equivale al 70% de la nota final y la nota de examen equivale a un 30% de la nota final.
a) Aquel/la estudiante que tiene nota final de presentación a examen entre 3.5 y 3.94. Este/a estudiante no tiene opción de rendir el examen de primera oportunidad.
b) Aquel/la estudiante que rinde examen de primera oportunidad y obtiene nota final de curso menor a 4.0.
a) Aquel/la estudiante que tiene nota de presentación a examen menor o igual a 3.44.
b) Aquel/la estudiante que tiene nota final de curso menor o igual a 3.94 después del examen de segunda oportunidad.