Enviado por: Macarena De Lourdes Martínez Ordenes | Participación: Profesor Encargado | Fecha envío: 26-07-2024 17:54:46 |
Validado por: Pablo Francisco Gálvez Ortega | Cargo: Director de Escuela | Fecha validación: 29-07-2024 15:21:55 |
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Código del Curso: OB09052 | |
Tipo de curso: Obligatorio | Línea Formativa: Especializada |
Créditos: 10 | Período: Segundo Semestre año 2024 |
Horas Presenciales: 172 | Horas No Presenciales: 97 |
Requisitos: OB08047,OB08049 |
# | Nombre | Función (Secciones) |
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1 | Jael Maria Deyanira Quiroz Carreño | Profesor Coordinador (1,2,3,4) |
2 | Macarena De Lourdes Martínez Ordenes | Profesor Encargado (1,2,3,4) |
3 | Macarena De Lourdes Martínez Ordenes | Coordinador General (1,2,3,4) |
En caso de emergencias sanitarias puede existir reprogramaciones asociadas a solicitudes de campos clínicos.
No podrá hacer ingreso a campo clínico si su certificación de vacunación no se encuentra vigente (Hepatitis B, Influeza, COVID)
Indicadores de logros | Acciones asociadas |
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Asume las conductas propias de su rol a través de: 1.- Valora la condición de la mujer que consulta en policlínico de urgencia de maternidad, utilizando los elementos de la semiología general y gineco-obstétrica. 2.- Fundamenta hipótesis diagnóstica y pronóstico con relación a la valoración de la usuaria. 3.- Brinda atención a la mujer que consulta en policlínico de urgencia, de acuerdo con la hipótesis diagnóstica planteada. 4.- Planifica y ejecuta conductas propias de su rol en la mujer que consulta en policlínico de urgencia. 5.- Evalúa la condición del feto a través de técnicas específicas interpretando el resultado de dicha evaluación |
1.1 Realiza anamnesis y determina factores de riesgo, en las usuarias que consultan en policlínico de urgencia de maternidad 1.2 Realiza examen físico general, segmentario y gineco-obstétrico con el fin de identificar manifestaciones clínicas que permiten hacer diagnóstico y determinar conductas en la usuaria que consulta. 1.3 Interpreta exámenes de laboratorio 2.1 Emite hipótesis diagnóstica y pronóstico fundamentado, a través de la valoración previa realizada a la usuaria que consulta 3.1 Analiza elementos de la semiología general y obstétrica para determinar, planificar y ejecutar la atención de la usuaria que consulta 4.1 Identifica y ejecuta las conductas propias de su rol, de acuerdo con la situación que presenta la usuaria que consulta 5.1 Realiza e interpreta monitorización cardio-fetal para evaluar la condición fetal 5.2 Analiza elementos de la ecografía que le permiten valorar la condición de salud del feto |
Indicadores de logros | Acciones asociadas |
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1.1 Realiza anamnesis y determina factores de riesgos, en las usuarias que se encuentra en trabajo de parto fisiológico o con patología asociada 1.2 Realiza examen físico general, segmentario y obstétrico con el fin de identificar manifestaciones clínicas que permitan evaluar a la gestante 2.1 Emite hipótesis diagnóstica y pronóstico en la mujer que cursa trabajo de parto fisiológico o con patología, a través del análisis de los elementos semiológicos evaluados previamente, fundamentando su diagnóstico 3.1 Analiza elementos de la semiología general y obstétrica para determinar, planificar y ejecutar la atención de la usuaria 4.1 Aplica semiología obstétrica que le permite evaluar la evolución de la etapa del trabajo de parto fisiológico o patológico que cursa la usuaria 4.2 Aplica semiología obstétrica que le permite evaluar la evolución del periodo de trabajo de parto, expulsivo y alumbramiento de un parto fisiológico o patológico 4.3 Controla elementos clínicos del parto: dinámica uterina, latidos cardiacos fetales, condiciones cervicales; los interpreta y relaciona con los parámetros de normalidad, refiriendo oportunamente la patología materna y fetal, en un contexto clínico real. 4.4 Realiza procedimientos de enfermería involucrados en la atención del parto fisiológico y patológico 4.5 Valora la condición del recién nacido en los primeros minutos de vida para determinar la posibilidad de realizar apego temprano 5.1 Aplica semiología general y obstétrica que le permite evaluar la evolución del periodo de puerperio inmediato fisiológico o patológico que cursa la usuaria, así como también el alojamiento conjunto del recién nacido con su madre 5.2 Realiza procedimientos de enfermería involucrados en la atención del puerperio fisiológico o con patología asociada. 6.1 Realiza acciones de acuerdo con las necesidades básicas y específicas pesquisadas en la mujer, que cursa trabajo de parto, periodo expulsivo y puerperio inmediato, aplicando el proceso de atención de enfermería. 6.2 Aplica técnicas de comunicación efectiva (empatía, respeto, deferencia) 6.3 Integra al acompañante significativo durante todas las etapas del parto 6.4 Respeta autonomía de la mujer, empoderamiento e intimidad, durante todo el proceso del parto. 6.5 Informa a la gestante de la evolución del proceso y de cada uno de los procedimientos a realizar. 7.1 Analiza los elementos de la semiología general y obstétrica que le permiten determinar y ejecutar las conductas propias de su rol en la mujer que cursa trabajo de parto, periodo expulsivo y puerperio inmediato fisiológico o patológico 7.2 Realiza acciones propias de su rol en el gobierno y conducción el parto en las usuarias con analgesia, conducción oxitócica o rotura artificial de membranas, cuando corresponda 8.1 Toma muestras de exámenes de laboratorio e interpreta los resultados. 8.2 Controla y maneja sueros y medicamentos específicos. 8.3 Realiza e interpreta balance hídrico 8.4 Instala y maneja sondas vesicales 8.5 Realiza acciones propias de su rol en las situaciones de parto patológico que lo amerita según su valoración 8.6 Cumple indicaciones médicas y realiza controles según corresponda a las usuarias que cursan trabajo de parto, expulsivo y puerperio inmediato con patología 9.1 Controla LCF con estetoscopio de Pinard y su relación con la dinámica uterina 9.2 Realiza e interpreta monitorización electrónica cardio-fetal en las diferentes etapas del parto 10.1 Colabora asumiendo las conductas propias de su rol y según patología detectada, en las diferentes etapas del parto y puerperio inmediato. 10.2 Cumple indicaciones y controles según corresponda 10.3 Realiza procedimientos de enfermería involucrados en la atención del parto y puerperio inmediato que cursa con procesos patológicos. 11.1 Realiza técnicas de asistencia del parto y alumbramiento fisiológico y patológico (protección de periné, restitución, reducción de circulares, extracción de hombros, episiotomía, episiorrafia, desgarros de primer y segundo grado) si es necesario, bajo supervisión y favoreciendo las recomendaciones de la OMS según la realidad local 11.2 Maneja campo estéril y prevención de Infecciones asociadas a la atención de salud (IAAS) en la asistencia del período expulsivo 11.3 Realiza seguimiento de la usuaria que asistió en situación de parto hasta el traslado de la unidad. 12.1 Analiza elementos de la semiología general y obstétrica para determinar el grado de urgencia que presenta la usuaria que cursa trabajo de parto, periodo expulsivo y puerperio inmediato 12.2 Ejecuta de forma prioritaria y de acuerdo con la urgencia las conductas propias de su rol en la usuaria que cursa trabajo de parto, expulsivo y puerperio inmediato. 13.1 Evalúa parámetros obstétricos, en las gestantes que serán intervenidas quirúrgicamente previo a su ingreso a pabellón para constatar condiciones maternas y fetales (LCF, tono uterino, flujo genital) 13.2 Supervisa preparación pre-operatoria en las gestantes que serán sometidas a cesárea, constatando que se cumpla con el protocolo pre-operatorio (identificación, preparación pared abdominal, eliminación vesical, cambio de ropa, extracción prótesis y joyas) 13.3 Coordina y Supervisa traslado de la gestante a pabellón y cumple con el registro de documentos.
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Indicadores de logros | Acciones asociadas |
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Modula su conducta frente a situaciones estresantes en distintos contextos asociados al desarrollo de las actividades vinculadas al desarrollo del Internado, eligiendo estrategias de comunicación y resolución de conflictos pertinentes a cada contexto. |
Participa en los talleres de educación emocional y realiza descompresión de eventos críticos cuando lo requiere. Ejecuta actividades grupales que abordan estrategias de afrontamiento, resolución de conflictos y trabajo en equipo. Analiza casos clínicos para ejercitar soluciones adecuadas a los contextos de atención propuestos a través de juego de roles o simulación clínica. |
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Obligatoria y reprobatoria. Pauta de evaluación de matronas clínicas sobre aspectos desempeñados por interna en la unidad de partos y policlínico de urgencias. Deben ser aprobatorias, ya que la reprobación de ésta es motivo de reprobación del curso. Debe ser aprobada en ambas unidades para rendir examen. |
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Obligatoria y sumativa. |
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Obligatoria y reprobatoria. Pauta que realiza supervisora docente, que incorpora la evaluación de aspectos desempeñados en la unidad de partos. Debe ser aprobatoria, ya que la reprobación de ésta es motivo de reprobación del curso, y no podrá rendir examen. |
Examen obligatorio reprobatorio | Si reprueba examen de primera oportunidad se programará el examen de segunda oportunidad dentro de 15 días de corrido desde la fecha de reprobación. |
La supervisión docente del internado de obstetricia es indirecta en cada campo clínico, sin embargo se resguardará la presencia y acompañamiento docente durante las actividades clínicas que ocurran durante el tiempo de supervisión.
Dado que el internado es de 6 semanas, se añadirá acompañamiento teórico en línea, dejando las actividades grabadas y disponibles en U-Cursos.
Se agrega bibliografía de puerperio poniendo especial énfasis en el manejo del puerperio inmediato y sus complicaciones.
Se deja disponible rúbrica de evaluación para exámenes orales del internado.
Se realizan modificaciones en las ponderaciones al test de ingreso, pautas de evaluación docente y clínica. Se modifica estructura de las pautas de evaluación docente y clínica.
Se explicita que la reprobación de una unidad implica la reprobración del internado y la indicación es la reprogramación de la pasantía clínica completa.
NORMA DE REGULACIÓN DE LA ASISTENCIA A ACTIVIDADES CURRICULARES OBLIGATORIAS CARRERAS DE PREGRADO
VISTOS: la Resolución N°1466 del 16/10/2008 sobre Norma Operativa sobre Inasistencia a Actividades Curriculares Obligatorias Carreras de Pregrado; lo dispuesto en el artículo 19 inciso primero del D.E.Nº0023842 del 04 de julio de 2013, aprobatorio del texto refundido del Reglamento General de los Planes de Formación Conducentes a las Licenciaturas y Títulos Profesionales Otorgados por la Facultad de Medicina; la conformidad de la Secretaría de Estudios y lo aprobado por el Consejo de Facultad.
RESOLUCIÓN: Apruébese la siguiente Norma de Regulación de la Asistencia de la Facultad de Medicina, considerando lo establecido en D.E. N°0023842/2013 respecto aseguramiento de la calidad y administración de los planes de formación, son las escuelas quienes definen o establecen la naturaleza teórica, teórica-práctica o práctica de los cursos que, para fines de esta norma, tiene implicancias en la asistencia exigible a las actividades definidas como obligatorias.
La siguiente norma regula la asistencia a actividades curriculares obligatorias de las carreras de pregrado de la Facultad de Medicina, y debe ser claramente citada en los programas de curso y comentada en la sesión inaugural.
NORMAS:
1) Salvo cuando esté explícitamente definido, la asistencia clases teóricas es libre, por lo tanto, en caso de inasistencia no se requiere ningún trámite de justificación.
2) La posibilidad de recuperar una actividad de asistencia obligatoria se determinará por el/la PEC. Para dicha decisión deberá tenerse en consideración lo siguiente:
3) Las actividades obligatorias no recuperables deben estar especificadas en el programa del curso. Asimismo, debe quedar especificado cuáles actividades de asistencia obligatoria incluyen evaluaciones. Todas las evaluaciones de las actividades obligatorias deben tener una oportunidad de ser recuperadas en caso de inasistencia justificada de acuerdo con el protocolo descrito en punto 6.
4) Cada programa de curso -y según su naturaleza y condiciones de ejecución- podrá considerar un porcentaje y número máximo permisible de inasistencias a actividades obligatorias, excluyendo actividades calificadas. Este porcentaje no debe superar el 20% del total de actividades obligatorias programadas y deben ser justificadas según el protocolo definido en número 6 de esta norma.
Es condición indispensable que con la asistencia a las actividades obligatorias se cuente con evidencia de que se hayan alcanzado el (los) logro (os) de aprendizajes comprometidos en el programa de curso.
5) Las fechas destinadas a actividades de recuperación, deben ser previas al examen final del curso. El estudiante tendrá derecho a presentarse al examen final o aprobar sólo con sus inasistencias recuperadas. En el caso de cursos que no contemplen examen, las actividades recuperativas deben ser realizadas en forma previa a la fecha definida semestralmente para el cierre de actas. Si la programación de actividades recuperativas presenta dificultades que generen un retraso en el cierre de acta, se debe proceder según el punto N°9 de la presente norma, es decir se elimina el curso.
6) Cuando se produzca la inasistencia a una actividad obligatoria (incluida las de evaluación), el estudiante debe informar su inasistencia al PEC, dentro de las 24 horas siguientes por correo electrónico institucional o la vía más expedita que pueda respaldar. Además, debe presentar a la Escuela, a través del sistema habilitado, la justificación de inasistencia con sus respaldos respectivos, (Ej. Certificado médico comprobable, informe de SEMDA, causas de tipo social o familiar acreditadas por el servicio de bienestar estudiantil) en un plazo máximo de cinco días hábiles a contar de la fecha de la inasistencia. La Escuela o quien ésta designe resuelve la solicitud, notificándose a PEC de los casos que son aprobados para reprogramar actividad si corresponde.
El uso de documentación adulterada o falsa para justificar inasistencias implicará la aplicación del Reglamento de Jurisdicción Disciplinaria en casos que se compruebe esta situación.
7) Si la justificación se realiza de acuerdo con los mecanismos y plazos estipulados, la actividad de evaluación debe ser recuperada de acuerdo a lo establecido en programa, resguardando las condiciones equivalentes a las definidas para la evaluación originalmente programadas. –Si una inasistencia justificada es posteriormente recuperada íntegramente – de acuerdo con los criterios del punto 2-, dicha inasistencia desaparece para efectos del cómputo del porcentaje de inasistencia. Cualquier inasistencia a actividades obligatorias que superen el porcentaje establecido en programa que no sea justificada implica reprobación del curso.
8) Como parte de protocolos de seguimiento y alerta temprana estudiantil, si un estudiante se aproxima o sobrepasa el número máximo de inasistencias, el Profesor Encargado de Curso debe presentar el caso al Coordinador de Nivel, quien verifica si las inasistencias se producen en otros cursos del nivel o niveles respectivo. A su vez lo presenta al Consejo de Escuela, instancia que, basada en los antecedentes, propone cómo enfrentar la situación en consulta a Secretaria de Estudios.
9) Si un estudiante sobrepasa el máximo de inasistencias permitido, y analizados los antecedentes por PEC y/o el Consejo de Escuela se considera que las inasistencias cuentan con fundamento y causa justificada (Ej. Certificado médico comprobable/validado, Informe de SEMDA, causas de tipo social o familiar acreditadas por el Servicio de Bienestar Estudiantil), el estudiante no reprueba el curso, quedando en el registro académico en estado de Eliminado del curso (“E”) y en el Acta de Calificación Final del curso el nombre del estudiante aparecerá tachado. Esto implica que el o la estudiante deberá cursar la asignatura en un próximo semestre en su totalidad en la primera oportunidad que se oferte. Los y las estudiantes en esta situación deben ser informados por la Escuela con oficio a Secretaria de Estudios para el registro.
10) Si un estudiante sobrepasa el máximo de inasistencias permitido, y no aporta fundamentos y causa que justifiquen el volumen de inasistencias, el estudiante reprueba el curso. En este caso el estudiante pierde el derecho a rendir el Examen debiendo registrarse con nota mínima (1.00) en esta instancia. Quedando en el registro académico en estado de “Reprobado” y en el Acta de Calificación Final del curso con nota final 1.00. En casos que los cursos que no tienen examen final o que son 100% prácticos se debe crear una calificación de asistencia que condicione la aprobación de este criterio en la fórmula de nota final. Dichos cursos deben ser informados en la programación curricular de cada semestre y reflejado en el programa de curso previo al inicio del periodo académico respectivo.
11) Si un estudiante habiendo debidamente justificado sus inasistencias, no puede dar término a las actividades finales de un curso inscrito, analizados los antecedentes, por la Dirección de Escuela y/o el Consejo de Escuela, el PEC puede dejar pendiente el envío de Acta de Calificación Final, por un periodo máximo de 20 días hábiles a contar de la fecha de cierre de semestre establecida en el calendario académico de la Facultad (Art. 20 D.E. N°23842/2013), siempre que la o las actividades pendientes sean recuperables en este plazo de lo contrario aplica lo señalado en el punto N° 9, debiendo eliminarse el curso. La Dirección de Escuela debe estar en conocimiento e informar oportunamente a Secretaría de Estudios.
12) Se podrán recibir justificativos de índole social (situaciones familiares, personales, laborales, conectividad, entre otros) de acuerdo al procedimiento definido entre la Dirección de Pregrado, Secretaria de Estudios y Bienestar Estudiantil, que permita recibir y acreditar situaciones sociales como causales de inasistencia justificada a evaluaciones y actividades obligatorias.
13) En caso de inasistencias por fallecimiento de un familiar cercano (madre, padre, hermano, hijo(a), esposo(a)) cada estudiante tendrá derecho a cinco días de inasistencia justificada, y podrá acceder a fechas recuperativas extraordinarias. En caso de que sean actividades irrecuperables, se deben considerar las medidas definidas en articulo N° 9.
DISPOSICIONES FINALES:
1) Cualquier situación no contemplada en esta normativa, debe ser evaluada en Consejos de Escuelas respectivos. Lo anterior, teniendo en consideración las disposiciones de reglamentación universitaria vigente.
2) Es responsabilidad de las Direcciones de Escuela, poner en conocimiento de los Coordinadores de Nivel, Profesores Encargados de Curso (PEC), académicos y estudiantes la presente normativa.
3) Las normas que se aprueban precedentemente se aplicarán sin perjuicio de las disposiciones de políticas y reglamentos de la Universidad, así como de las normas reglamentarias nacionales y de las leyes, en cuanto sean aplicables a los casos correspondientes.
4) Déjese sin efecto la Resolución de Facultad N°1466 del 16 de octubre de 2008.
Anótese y comuníquese,
Para la aprobación del curso, debe contar con las pautas de desempeño aprobatorias, lo que abre la oportunidad de presentarse al examen final del curso. El examen es reprobatorio, y abre el espacio para un examen de segunda oportunidad si este no se aprueba, el cual debe ser fijado dentro de los 15 días posteriores a la fecha de reprobación.