| Enviado por: Natalia Paz Castillo Núñez | Participación: Profesor Encargado | Fecha envío: 21-01-2026 12:39:31 |
| Validado por: Óscar Ignacio Hernández Lanas | Cargo: Director de Escuela | Fecha validación: 21-01-2026 14:19:09 |
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| Código del Curso: TO05026 | |
| Tipo de curso: Obligatorio | Línea Formativa: Especializada |
| Créditos: 3 | Período: Primer Semestre año 2026 |
| Horas Presenciales: 27 | Horas No Presenciales: 54 |
| Requisitos: TO04020 | |
| # | Nombre | Función (Secciones) |
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| 1 | Natalia Paz Castillo Núñez | Profesor Encargado (1) |
Dirigido a las y los estudiantes de tercer nivel, se imparte en el quinto semestre de la carrera, y se vincula con los cursos anteriores de la línea de formación en Ciencia de la Ocupación. Es prerrequisito del curso Ocupación y Cultura.
Comprende el paradigma social de la ocupación y su pertinencia para el quehacer profesional
Comprende perspectivas comunitarias de la salud para el análisis de las ocupaciones y actividades humanas (enfoque comunitario, RBC y salud colectiva)
Aplica estrategias de evaluación y análisis de redes comunitarias de personas, grupos y comunidades.
| Indicadores de logros | Acciones asociadas |
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| Indicadores de logros | Acciones asociadas |
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| Indicadores de logros | Acciones asociadas |
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Aplica estrategias e instrumentos de análisis de redes comunitarias de personas, grupos y comunidades de manera efectiva. |
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Informe grupal, se evaluará mediante escala de apreciación (criterios con puntajes de 1 a 5) |
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Prueba teórica de carácter individual |
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Considerará presentaciones de carácter grupal, que se evaluarán con escalas de apreciación (1-5) para cada criterio. |
Se mantienen los talleres de integración y diagnóstico participativo considerado para la entrega final.
Se simplifica la didáctica y se promueven estrategias participativas de aprendizaje, incentivando el aprendizaje vinculado al medio.
Todas las actividades son obligatorias, el % de inasistencias permitidas es del 20%, que equivale a 3 sesiones. Estas deben justificarse por plataforma dpi e informar PEC, dentro del plazo de 5 días hábiles.
Se recuperarán las actividades evaluativas en la fecha consignada para evaluaciones recuperativas en el calendario del curso.
Las clases y talleres no son recuperables debido a su didáctica.
REQUISITOS DE APROBACIÓN
Artículo 24: El rendimiento académico de los estudiantes será calificado en la escala de notas de 1,0 a 7. La nota mínima de aprobación de cada una de las actividades curriculares para todos los efectos será 4,0, con aproximación.
Las calificaciones parciales, las de presentación a actividad final y la nota de actividad final se colocarán con centésima. La nota final de la actividad curricular se colocará con un decimal para las notas aprobatorias, en cuyo caso el 0,05 o mayor se aproximará al dígito superior y el menor a 0,05 al dígito inferior.
REQUISITOS GENERALES IMPORTANTES
Artículo 25: El alumno(a) que falte sin la debida justificación a cualquier actividad evaluada, será calificado automáticamente con la nota mínima de la escala (1,0).
Artículo 26: La calificación de la actividad curricular se hará sobre la base de los logros que evidencie el estudiante en las competencias establecidas en ellos. La calificación final de los diversos cursos y actividades curriculares se obtendrá a partir de la ponderación de las calificaciones de cada unidad de aprendizaje y de la actividad final del curso si la hubiera.
La nota de aprobación mínima es de 4,0 y cada programa de curso deberá explicitar los requisitos y condiciones de aprobación previa aceptación del Consejo de Escuela.
Artículo 29: Aquellos cursos que contemplan una actividad de evaluación final, el programa deberá establecer claramente las condiciones de presentación a esta.
Según lo dispuesto en el artículo anterior, para este curso, se considerará la ponderación total de las 3 actividades evaluativas del curso, pues ninguna tiene carácter reprobatorio por sí misma. La ponderación de las evaluaciones deberá calificar con la nota mínima de 4.0 para aprobar.
Reglamento general de los planes de formación conducentes a las Licenciaturas y títulos profesionales otorgados por la Facultad de Medicina, D.U. Nº003625 de 27 de enero de 2009.